jump over navigation bar
Embassy SealDepartamento de Estado de los Estados Unidos
La Embajada de los Estados Unidos - Malabo, Guinea Ecuatorial - Inicio flag graphic
Visados a los EE.UU.
 
  Servicios de Visado Visados de No Inmigrante Información sobre Visados Entrega del Visado Tasas Huellas Dactilares Visado de Negocios o de Turista Visado de Estudiante Intercambio Visitantes / Trabajadores Diplomáticos / Funcionarios Preguntas más Frecuentes Visados de Inmigrante

Visados de no inmigrante

Concertación de Entrevistas para Visitantes / Trabajadores de Intercambio y Trámites para la Solicitud

En el siguiente enlace encontrará información oficial sobre política y tramitación de visados para Estados Unidos: http://www.uscis.gov/graphics/services/tempbenefits/ExchVisit.htm.

Cualquiera que desee un empleo, formación, o investigación previamente concertado en Estados Unidos bajo un programa oficialmente aprobado y patrocinado por una institución académica u otra institución sin ánimo de lucro precisa un visado de visitante de intercambio (J-1). Se incluyen en estos programas estudiantes de postgrado, estudiantes de medicina que acudan a Estados Unidos como residentes o internos, profesores extranjeros contratados por universidades como personal temporal, y algunos tipos de prácticas empresariales. Además, existen varios programas de intercambio para jóvenes, como programas de empleo estival, programas internos para estudiantes universitarios, y programas de au-pair.

Visado de Intercambio (J): Las personas que vayan a participar en un programa de intercambio en Estados Unidos deberán solicitar un visado de intercambio en la Sección Consular. Deberán presentar un pasaporte válido, una fotografía, el impreso DS-2019 de la organización de intercambio y los documentos económicos que demuestren el pago. Los dependientes de beneficiarios de un visado J-1, excepto los hijos menores de 16 años, necesitan solicitar en persona los visados J-2. Si desea solicitar un visado para su cónyuge e hijos, debe también presentar prueba válida de la relación y un pasaporte válido, una foto, y documentos financieros que demuestren el pago. Cada persona, incluidos los niños, independientemente de la edad, debe poseer su propio pasaporte individual para entrar en Estados Unidos. Si el solicitante principal y el/los dependiente(s) viajan por separado, precisarán un impreso DS-2019 adicional.

Cómo solicitarlo: El primer paso es obtener del patrocinador del programa de intercambio el Impreso DS-2019, denominado “Certificado de Aptitud para la Categoría de Visitante de Intercambio”. Sin este impreso no puede tramitarse este tipo de visado. Las tres copias del DS-2019 o cuatro copias del DS-2019 deben ir acompañadas de los siguientes documentos:

  • Pruebas que demuestren que el solicitante dispone de suficientes ingresos para cubrir los gastos, incluidas las clases mientras se encuentre en Estados Unidos. Si las condiciones de visitante de intercambio cubren los gastos de manutención y otro tipo de gastos, bastará con el DS-2019 debidamente cumplimentado;
  • Pruebas que demuestren que el/la solicitante tiene establecida en el extranjero una residencia a la que tiene intención de volver finalizada la estancia en Estados Unidos. Esto se establece generalmente mediante pruebas de vínculos y compromisos familiares, profesionales, de propiedades, de empleo o de otro tipo con un país distinto de Estados Unidos suficientes para hacer que el/la solicitante regrese a dicho país cuando concluya su programa de intercambio.
  • Además de los documentos enumerados para la solicitud del visado de negocios o de turista, los solicitantes de visados de estudiante también deberán aportar una solicitud complementaria DS-158 cumplimentada que encontrarán en Internet en:  http://foia.state.gov/FORMS/visa/ds0158.pdf

Renovación: Si se solicita la renovación de un visado J, sólo harán falta tres páginas (copia rosa) del DS-2019 o el DS-2019 avalado por el encargado de la institución académica emisora o el patrocinador del programa. Las páginas uno y dos las entregarán al funcionario de inmigración a su llegada inicial a Estados Unidos.

Visado J-2: No se exige que el/la cónyuge y/o los hijos de un beneficiario de visado J-1 soliciten un visado de estudiante (F-1) si desean estudiar en Estados Unidos. Pueden estudiar con un visado J-2. Sin embargo, si cumplen los requisitos, pueden solicitar el visado F-1. Si tiene usted hijos en edad escolar, debería consultar las normativas que rigen la expedición de visados F-1.

¿Dispone usted de un visado J-1 válido? Si dispone usted de un visado J-1 puede seguir usándolo siempre que vaya a participar en el mismo programa de visitante de intercambio para el que se expidió originalmente dicho visado, que llegue a Estados Unidos antes de la fecha de expiración de su visado y lleve consigo un DS-2019, Certificado de Aptitud para la Categoría de Visitante de Intercambio (J-1), con el mismo número de programa de visitante de intercambio que el del visado. Si no se cumplen las tres condiciones, necesitará un nuevo visado J.

Arriba ^

Herramientas:

Printer_icon.gif Imprima este artículo



 

    Este sitio es administrado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos.
    La inclusión de otras direcciones de Internet no debe interpretarse como una aprobación de las opiniones contenidas en las mismas.


La Embajada de los Estados Unidos